LA LIBERTAD DE CULTO, UNA OPORTUNIDAD PARA INCLUIR MAS NO PARA EXCLUIR Y DESTRUIR.

La libertad de Culto, consagrada en la Constitución Política de Colombia no solo ha permitido diversificar las formas y los caminos para construir y vivir la Fe Cristiana, sino que ha llevado también a desprender un estilo de relación con el Estado dentro de sus máximas funciones de construir lo Público, haciendo de nuestra sociedad una sociedad más ‘libre’ en cuanto a su relación con el desarrollo y ejecución de las normas y responsabilidades de quienes gobiernan y administran los bienes de los ciudadanos; pero esto, sin quitarle a la Fe Cristiana, su lugar como instrumento iluminador dentro de la conciencia de cada individuo a partir de su vivencia y su práctica.

Es importante concebir que nada exime al ciudadano creyente o ateo de su responsabilidad en el construir la historia desde la base de responsabilidad social donde el desarrollo humano integral, el compromiso Moral - Ético y la proyección del Bien Común han de ser los baluartes de toda la estructura social; esto permite crear criterios de unidad y dinámica entre los ciudadanos, la finalidad, es no alejar a la sociedad de lo debidamente necesario he importante para su estabilidad, desarrollo y firmeza.

Pero una gran separación de este ideal existe cuando una ligera interpretación es aplicada al ‘modus vivendi’ del ciudadano común, desvirtuando lo que verdaderamente significa la libertad de culto al interior de una sociedad como la nuestra. Dicha separación entre el ideal original y la forma comprensiva lleva a caer en el peligro de asumir un distanciamientos como individuos creyentes en las tareas diarias de construir una historia donde los principios y los valores sean los andamios que la sostengan; lo contrario a esto, debe asimilarse que la idea de liberta del Culto no es un simple reduccionismo en la separación Iglesia – Estado, ni siquiera en la mera masificación reconocida por la ley de una práctica religiosa cultual. Se debe reiterar que no se puede y no debe existir una excepción en el compromiso de construir sociedad, es decir, libertad de culto no es una separación que dispensa, es decir, no es entender un no involucrar la Fe Cristiana con la construcción de sociedad en el orden Moral, Ético, Político, Económico y de orden Cultural, sino, que manifiesta tácitamente el deber de todo individuo creyente que como herramienta pueda permitir el iluminar y el enfocar hacia donde debe conducir las funciones no solo del Estado y sus diversas finalidades y funciones, sino también, los deberes de los ciudadanos formados en comunidades territoriales y regionales para la construcción de lo público, salvaguardando siempre la integridad de los derechos y los deberes de toda persona humana que como constituyente primario merece respeto, reconocimiento y espacio para promoverse y defenderse, sin que esto caiga en reduccionismo religiosos que ya mucho daño ha venido haciendo en nuestros contextos.

Es por eso que la Liberta de Culto debe entenderse como la tarea de todos en la construcción de la historia enfocados en varios caminos:

i.                    La construcción del Bien Común en una sociedad inequitativa.

ii.                  La trasformación de un contexto social lleno de complejidades, distracciones y de opresión en el orden de lo Moral y lo Ético.

iii.                El trabajo mancomunado frente a los problemas sociales en el orden de lo Político, Económico y Cultural.

iv.                Trabajar en común por la búsqueda y el respeto de la Dignidad Humana y la vivencia misma de los Derechos Humanos.

v.                  Construir herramientas que permitan el desarrollo de una fuerza que lleve a la construcción de la paz y la sana convivencia en cada uno de los entornos.
vi.                Trabajar en favor de los pobres y desprotegidos por el Estado.

Este ideal de una sociedad justa y equitativa construida desde las bases y asumida por el poder Público del Estado como responsable de su sostenibilidad y ejecución, siempre necesitará de la intromisión de la Fe no como un estorbo que no permita su realización, sino como un instrumento que ayude a cualificar y acompañar en sus debidos procedimientos y caminos.


De aquí el argumento de que no puede haber cristianos divorciados he indolentes de las realidades sociales de su entorno, y mucho menos realidades sociales manejadas por el Estado que siempre traten de excluir a los creyentes que como constituyente primario no deber ser percibido como intrusos y dogmatizadores de la realización plena del Ser Humano. 

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