LA LIBERTAD DE CULTO, UNA OPORTUNIDAD PARA INCLUIR MAS NO PARA EXCLUIR Y DESTRUIR.
La
libertad de Culto, consagrada en la Constitución Política de Colombia no solo
ha permitido diversificar las formas y los caminos para construir y vivir la Fe
Cristiana, sino que ha llevado también a desprender un estilo de relación con
el Estado dentro de sus máximas funciones de construir lo Público, haciendo de
nuestra sociedad una sociedad más ‘libre’ en cuanto a su relación con el
desarrollo y ejecución de las normas y responsabilidades de quienes gobiernan y
administran los bienes de los ciudadanos; pero esto, sin quitarle a la Fe
Cristiana, su lugar como instrumento iluminador dentro de la conciencia de cada
individuo a partir de su vivencia y su práctica.
Es
importante concebir que nada exime al ciudadano creyente o ateo de su
responsabilidad en el construir la historia desde la base de responsabilidad
social donde el desarrollo humano integral, el compromiso Moral - Ético y la
proyección del Bien Común han de ser los baluartes de toda la estructura social;
esto permite crear criterios de unidad y dinámica entre los ciudadanos, la
finalidad, es no alejar a la sociedad de lo debidamente necesario he importante
para su estabilidad, desarrollo y firmeza.
Pero
una gran separación de este ideal existe cuando una ligera interpretación es
aplicada al ‘modus vivendi’ del ciudadano común, desvirtuando lo que
verdaderamente significa la libertad de culto al interior de una sociedad como
la nuestra. Dicha separación entre el ideal original y la forma comprensiva
lleva a caer en el peligro de asumir un distanciamientos como individuos
creyentes en las tareas diarias de construir una historia donde los principios
y los valores sean los andamios que la sostengan; lo contrario a esto, debe
asimilarse que la idea de liberta del Culto no es un simple reduccionismo en la
separación Iglesia – Estado, ni siquiera en la mera masificación reconocida por
la ley de una práctica religiosa cultual. Se debe reiterar que no se puede y no
debe existir una excepción en el compromiso de construir sociedad, es decir,
libertad de culto no es una separación que dispensa, es decir, no es entender
un no involucrar la Fe Cristiana con la construcción de sociedad en el orden
Moral, Ético, Político, Económico y de orden Cultural, sino, que manifiesta
tácitamente el deber de todo individuo creyente que como herramienta pueda
permitir el iluminar y el enfocar hacia donde debe conducir las funciones no
solo del Estado y sus diversas finalidades y funciones, sino también, los deberes
de los ciudadanos formados en comunidades territoriales y regionales para la
construcción de lo público, salvaguardando siempre la integridad de los
derechos y los deberes de toda persona humana que como constituyente primario
merece respeto, reconocimiento y espacio para promoverse y defenderse, sin que
esto caiga en reduccionismo religiosos que ya mucho daño ha venido haciendo en
nuestros contextos.
Es
por eso que la Liberta de Culto debe entenderse como la tarea de todos en la
construcción de la historia enfocados en varios caminos:
i.
La
construcción del Bien Común en una sociedad inequitativa.
ii.
La
trasformación de un contexto social lleno de complejidades, distracciones y de
opresión en el orden de lo Moral y lo Ético.
iii.
El
trabajo mancomunado frente a los problemas sociales en el orden de lo Político,
Económico y Cultural.
iv.
Trabajar
en común por la búsqueda y el respeto de la Dignidad Humana y la vivencia misma
de los Derechos Humanos.
v.
Construir
herramientas que permitan el desarrollo de una fuerza que lleve a la
construcción de la paz y la sana convivencia en cada uno de los entornos.
vi.
Trabajar
en favor de los pobres y desprotegidos por el Estado.
Este
ideal de una sociedad justa y equitativa construida desde las bases y asumida
por el poder Público del Estado como responsable de su sostenibilidad y
ejecución, siempre necesitará de la intromisión de la Fe no como un estorbo que
no permita su realización, sino como un instrumento que ayude a cualificar y
acompañar en sus debidos procedimientos y caminos.
De
aquí el argumento de que no puede haber cristianos divorciados he indolentes de
las realidades sociales de su entorno, y mucho menos realidades sociales manejadas
por el Estado que siempre traten de excluir a los creyentes que como
constituyente primario no deber ser percibido como intrusos y dogmatizadores de
la realización plena del Ser Humano.
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